GEN 4  Derechos por el uso de aeródromos y servicios de navegación aérea

GEN 4.1  Aerodrome/Heliport charges

DERECHOS POR EL USO DE AERODROMOS Y HELIPUERTOS
 
 

Los derechos indicados a continuación son aplicables para el Aeródromo Internacional “Augusto Cesar Sandino” (ciudad Managua), Operado por: LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI)
 
1.   Las tarifas aeronáuticas se cobran en función del PESO MAXIMO DE DESPEGUE (PMD) de la aeronave (calculado en libras), tomando como base, el dato establecido en el CERTIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD de la misma, atreves de la aplicación de un coeficiente o un valor fijo, por servicio.
 
1.1   TARIFA PARA VUELOS INTERNACIONALES (Comerciales de Pasajeros y de Carga)


 
 
1.3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
 
 
El cálculo de la tarifa por cada servicio se hará de acuerdo a los coeficientes enunciados en la tabla 1.1 y la fórmula que esta al pie de esta. Los cobros mínimos serán aplicados de conformidad a la especificación del numeral 1.2.
 
1.3.1   . PARA VUELOS DE PASAJEROS
 
a) ATERRIZAJE
 
Este derecho se cobra por cada aterrizaje que efectúe cualquier aeronave, e incluye los servicios de aproximación, uso de pista y calles de rodaje, puente de abordaje y retroempuje (Push Back). Los servicios de puente de abordaje y retroempuje, estarán sujeto al requerimiento de la aeronave y a la existencia de disponibilidad de equipo para brindarlo).
 
Dependiendo del peso de la aeronave (menores o mayores a 30,000 libras) se le aplicara el coeficiente establecido en el cuadro 1.1. a fin de establecer el costo por el aterrizaje. Igualmente, debe de tenerse en consideraciones si es una aeronave de pasajeros o de carga, debido a que cambia el coeficiente a aplicar.
 
b) DESPACHO TÉCNICO
 
El despacho técnico tiene dos opciones a tomar:
 
DESPACHO TECNICO “DESGLOSADO:
 
Comprende:
 

Servicio de rampa:   (El costo se establece aplicando formula del cuadro 1, coeficiente 1.26). Incluye personal y equipos de asistencia en tierra, según el estándar por aeronave para realizar las labores de: Descargue del equipaje de la aeronave; Traslado del equipaje llegando a la banda de Aduana; Asistencia en los mostradores (counters) para subir los equipajes (bagroom) a las bandas de rayos X; cargado de los equipajes saliendo en banda de rayos X en los carros de equipaje; Traslado del equipaje a la aeronave para el cargado en los compartimientos según la hoja de distribución; Servicio de Agua Residual (lavatori); Retiro de los desechos sólidos (basura).
 
Servicio de peso y balance:   (El costo es de US$ 50.00). Incluye: Elaboración de la guía de cargado de la aeronave, (formato de peso y balance); guía operacional; Servicio de información meteorológico (carpeta meteorológica); Distribución del gaseo. Comunicación tierra aire VHF; Control del vuelo (vía SITATEX).
 
Servicio de Asistencia Técnica   (El costo es de US$ 20.00). Señalización para el estacionamiento y calzado de la aeronave; inspección 360; comunicación tierra cabina para coordinar los servicios a la aeronave; supervisión del gaseo; dirección del retroempuje (push back).
 
DESPACHO TECNICO EN “PAQUETE:
 
Comprende:
Todos los servicios enumerados en el despacho técnico desglosado. El costo del mismo se determina aplicando la formula enunciada en el cuadro 1Servicio de rampa: (El costo se establece aplicando formula del cuadro 1.1. La cantidad de personal, equipos y tiempo de cobertura del servicio se establecen en los estándares por tipo de aeronave contenido en el manual de operaciones del aeropuerto.
 
1.3.2.   PARA VUELOS DE CARGA:
 
Para determinar costos de los servicios aeroportuarios es importante ver el cuadro 1.1. La variación con relaciona los vuelos de pasajeros se va a dar en dos rubros:
 
a) Aterrizaje:
 
El factor a utilizar en la formula es 1.36 por el PMD dividido sobre una base 1,000. El servicio incluye: Aproximación, luces de pista y el uso de una escalera.
 
b) Despacho técnico:
 
Para determinar el costo del despacho técnico, se tomara el factor 0.024 US$ por la cantidad de libras manejada en la operación (carga de importación o exportación). Para este caso no se toma en consideración el PMD. El servicio incluye: Estacionamiento, luces de plataforma, cargue y descargue de la aeronave. La cantidad de equipos y personal, está determinado por el estándar contenido en el manual de operaciones del aeropuerto Augusto C. Sandino. El tiempo de duración del servicio estará determinado por el tiempo autorizado a permanecer en tierra. No obstante a esto, para efecto de cargue y descargue, este inicia con la apertura de los compartimiento de carga y finaliza una vez que se cierran lo compartimientos o que la carga ya ha sido introducida.
 
1.3.3. ILUMINACIÓN:
 
Luces de Pista:
 

El derecho a luces de pista, se cobra por aterrizaje o despegue para operaciones que se realicen utilizando el sistema de luces de pista. El cobro mínimo es de US$ 3.00.
 
Luces de Plataforma:
 

El derecho a luces de plataforma (rampa), se cobran por hora o fracción de hora. El cobro mínimo por hora o fracción es de US$ 3.00.
 
1.3.4. ESTACIONAMIENTO Y USO DE HANGARES:
 
Estacionamiento en plataforma operacional:
 
La primera hora no se cobra; las subsiguientes horas se cobran por hora o fracción de hora. El cobro mínimo a pagar es de US$ 3.00 por hora o fracción.
 
Estacionamiento en área NO operacional:
 
La primera hora no se cobra; las subsiguientes horas se cobran por hora o fracción de hora. El cobro mínimo a pagar es de US$ 5.00 por hora o fracción.
 
Usos de hangares:
 
El uso de hangar en el sector del AEROCLUB tiene un costo de US$ 3.00 mensual por metro cuadrado Para el caso de las líneas aéreas nacionales, el costo por el uso de hangar tendrá un valor de US$ 1.50 por metro cuadrado.
 
TARIFAS PARA VUELOS NACIONALES:
 
Las tarifas Aeroportuarias para vuelos Nacionales tienen un costo equivalente al 50 % del valor de las tarifas aplicables a los vuelos Internacionales.
 
RECARGOS DE TARIFAS:
 
Las aeronaves de vuelos comerciales de pasajeros y carga que PERNOCTEN en vuelos itinerados / regulares se les aplicara tarifa y media (1.5) del valor del despacho técnico.
 
En caso de los vuelos de carga que por causas fortuitas llegaran a PERNOCTAR, se les aplicara tarifa y media (1.5) del despacho técnico a recibir o recibido, tomando como base el coeficiente 1.4 de la tabla 1.
 
En el caso de las escalas técnicas por razones No Comerciales , se les facturara el 50 % del valor del despacho técnico, siempre y cuando No se produzca cambio físico de la carga.
 
2. TARIFAS POR USO DE EQUIPOS Y PERSONAL ADICIONAL:
 
Tabla 2.1. Equipos que se cobran por HORA o FRACCION DE HORA:
DescripciónTarifas US$
Generador Eléctrico 115v (GPU)70.00
Generador Eléctrico 28v (GPU)35.00
Escalera (Stair)20.00
Aire acondicionado (ACU)50.00
Cargador Universal (Universal Loader)100.00
Montacargas Pequeña 6,000 lb. (Forklift)40.00
Montacargas Grade 15,000 lb (Forklisft)70.00
Cinta de Equipaje Motorizada (Belt Loader)30.00
Tractor Remolque de Carretas (Tow Tractor)10.00
Transportador de Dollie40.00
Arrancador Neumático ASU70.00
Servicio de Remolque de Aeronave (Towing)75.00
Servicio de Seguridad escolta en plataforma (seguriti)15.00
hora/hombre (Agente de rampa)12.00
Tabla 2.2. Equipos que se cobran por evento:
DescripciónTarifas US$
Carreta transportadora de equipaje5.00
Porta Pallets5.00
Enfriamiento de tren de aterrizaje15.00
Suministro de Agua Potable15.00
Silla de Rueda Adicional (Por Persona)10.00
Monta Carga Para Silla de Rueda Adicional20.00
Transporte de Pasajero Avión / Terminal / Avión20.00
Servicio de Palatización por libra0.05
Equipo de Agua Residual35.00
Limpieza de la Aeronave
Parcial20.00
Regular30.00
Limpieza Total50.00
La aviación corporativa, se regirá por las tarifas autorizadas para esta actividad la cual se detalla a continuación.
TARIFAS DE VUELOS CORPORATIVOS (PRIVADOS, GUBERNAMENTALES, OTROS)

Observaciones:
 

Adicional se brinda servicios de Cocina a bordo (Catering), Combustible, Reservas del Hotel. Para contactarnos: vuelosprivados@eaai.com.ni , despachodevuelos@eaai.com.ni Teléfono (505) 22331624/28 Extensión 2445, 2473, 2439 Fax- (505) 22769192
3. SERVICIOS AL PASAJERO:
Tasa por uso de terminal:
Los derechos de uso de terminal aérea deberán de ser pagada por todo pasajero viajando. Su costo es de US$ 35.00 por personal y deberá de ser pagado en efectivo antes de ingresar a la zona de tránsito internacional.
Los pasajeros que se embarquen en vuelos nacionales pagaran US$ 2.00 (sean estos Nicaragüenses o extranjeros residentes). El pago lo pueden hacer en dólares americanos o en manera nacional “CORDOBA” al tipo de cambio oficial.
PERSONAS EXENTOS DE PAGO:
  1. Pasajeros en transito
  2. Niños menores de 2 años
  3. Diplomáticos acreditados ante el Gobierno de Nicaragua y aquellos que visiten el país en misión oficial, siempre y cuando que en su país se aplique el principio de reciprocidad.
  4. Funcionarios de organismos internacionales que por convenios gocen tratamiento similar a los diplomáticos.
  5. La tripulación reportada en la declaración general del vuelo
  6. Los autorizados por la Presidencia de la Junta Directiva, en casos especiales
  7. Personal del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC), siempre que viajen en misión de trabajo u oficial.
  8. Personal de la EAAI, en misión oficial y/o trabajo.
EXONERACIONES Y DESCUENTOS DE PAGO POR DERECHOS AEROPORTUARIOS:
Quedan exentas del pago de estas tarifas: LOS VUELOS OFICIALES sean esto NACIONALES o EXTRANJEROS , previa Autorización
Forma de Pago:
 

Todos los derechos y cobros establecidos en el aeródromo Augusto C. Sandino, serán cancelados al momento de recibir el servicio, al contado, (en moneda dólar americano o con tarjeta de créditos Visa, Master Csrd, American Express, esta ultima en horario de oficina) Se exceptúan las empresas o instituciones que tiene contratos y gozan de líneas de crédito.