GEN 3  Servicios

GEN 3.1   Servicios de información aeronáutica

1.Servicio Responsable
 
1.1
El Servicio de información aeronáutica (AIS) es un servicio delegado por la Autoridad de Aviación Civil (AAC) a la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) mediante el Art. 46 de la Ley Orgánica de Aviación Civil (LOAC), por lo que el servicio en El Salvador es operado por la CEPA y regulado y vigilado por la AAC.  
 
   
1.2

 
El Servicio de información aeronáutica (AIS) garantiza la circulación e información necesarias para la seguridad, regularidad y eficacia de la navegación aérea internacional y nacional dentro de su área de responsabilidad, como se indica en GEN 3.1.2. Está constituido por la Oficina central AIS, la Oficina NOTAM internacional (NOF) y las dependencias AIS establecida en los aeródromos que se enumeran en GEN 3.1,5  
 
 
   
1.3 Oficina central AIS


Servicios de información aeronáutica
Aeropuerto Internacional de El Salvador San Oscar Arnulfo Romero y Galdámez
San Luis Talpa, Departamento de La Paz, El Salvador, C.A.
Jefatura AIS (503) 2375-2441
Correo-e: oficiales.ais@cepa.gob.sv
AFS: MSSSYAYX MSLPYOYX
Horas de servicio: H24
 
1.4 Oficina NOTAM internacional (NOF)
Oficina NOTAM internacional
Tegucigalpa, Honduras
Jefatura AIM (504) 2275-7090 x45301
Correo-e: jenny. lee@cocesna.org
AFS: MHCCYNYX
Web: www.cocesna.org
Horas de servicio: H24
 
El servicio se suministra 24 horas al día de conformidad con las disposiciones contenidas en el Anexo 15 Servicios de Información Aeronáutica y la RAC AIS.
 
 
2.Área de responsabilidad
 
2.1El Servicio de Información Aeronáutica es responsable de recopilar y difundir información/datos para todo el territorio y espacio aéreo de El Salvador y el espacio aéreo sobre alta mar bajo la jurisdicción de El Salvador.
3.Publicaciones Aeronáuticas
 
 
 
3.1     La información aeronáutica se proporciona en forma de productos de información aeronáutica en presentación normalizada y consta de los siguientes elementos:
   
  • Publicación de Información Aeronáutica (AIP);
  • Servicio de enmienda a la AIP (AIP AMDT);
  • Suplemento a la AIP (AIP SUP);
  • NOTAM y Boletines de información previa al vuelo (PIB);
  • Circulares de Información Aeronáutica (AIC);
  • Conjuntos de Datos Digitales.
 
 
Los NOTAM y las correspondientes listas de verificación mensuales se publican por intermedio del Sistema de manejo de mensajes aeronáuticos (AMHS), en tanto que los PIB se pueden obtener en las dependencias AIS de aeródromo. Todos los demás elementos de los productos de información aeronáutica se distribuyen por correo electrónico.
 
 
3.2Publicación de Información Aeronáutica (AIP)
 
La AIP es el documento básico de aviación destinado primordialmente a satisfacer las necesidades internacionales de intercambio de información aeronáutica permanente y de las modificaciones transitorias de larga duración indispensables para la navegación aérea.
 
 
La AIP de la República de El Salvador se suministra como documento electrónico (eAIP) y está disponible en el sitio Web de la AAC (www.aac.gob.sv/aip/) con texto en español únicamente para utilizarla en las operaciones aéreas nacionales e internacionales, ya se trate de un vuelo comercial o privado.
 
3.3Servicio de enmiendas a la AIP (AIP AMDT)
 
 
Las Enmiendas a la AIP se suministran como documento electrónico (eAIP). Se publican dos tipos de Enmiendas:
 
  • La enmienda a la AIP regular (AIP AMDT), que se publica a intervalos regulares establecidos e incorpora a la AIP cambios permanentes en la fecha de publicación indicada; y
  • La enmienda a la AIP AIRAC (AIRAC AIP AMDT), que se publica de conformidad con el sistema AIRAC y se identifica con la sigla AIRAC e incorpora a la AIP cambios permanentes importantes para las operaciones en la fecha indicada de entradas en vigor de la AIRAC.
 
 

En la tapa de las Enmienda de la AIP se describen brevemente los asuntos afectados por la enmienda. La nueva información que se incluye en las páginas reimpresas de la AIP se anota o identifica mediante una línea vertical o una flecha horizontal en el margen izquierdo (o inmediatamente a la izquierda) del cambio/adición.
Cada página de la AIP y cada página sustitutiva de la AIP introducida mediante una enmienda, incluso la tapa de la enmienda llevan fecha. La fecha consta de día mes (por el nombre) y año de la fecha de publicación (AIP AMDT) o de la fecha de entrada en vigor de la información AIRAC (AIRAC AIP AMDT). Cada tapa de enmienda de la AIP incluye referencias al número de serie de los elementos de los productos de información aeronáutica que puedan haber sido incorporados a la AIP en la enmienda y que se suprime en consecuencia.



A cada AIP AMDT y a cada AIRAC AIP AMDT se les asignan números consecutivos por separado, basados en el año civil. El año, indicado mediante dos cifras, forma parte del número de serie de la enmienda, p. ej. AIP AMDT 1/25, AIRAC AIP AMDT 2/25.
 
Con cada enmienda se publica nuevamente una lista de verificación de las páginas de la AIP que contiene el número del página/titúlo de la carta y fecha de publicación o entrada en vigor (día, mes por nombre y año) de la información, y que forma parte integral de la AIP.
 
3.4Suplemento a la AIP (AIP SUP)
 
Los cambios transitorios de larga duración (tres meses y más) y la información de corta duración que consista en textos amplios o gráficos que complementen la información permanente contenida en la AIP, se publican como Suplementos a la AIP (AIP SUP). Los cambios transitorios en la AIP importantes para las operaciones se publican de conformidad con el sistema AIRAC y sus fechas de entrada en vigor establecidas, y se identifican claramente mediante la sigla AIRAC AIP SUP.
 
Los suplementos a la AIP se separan según el asunto de la información (Generalidades-GEN, En ruta-ENR y Aeródromos-AD) y se colocan en consecuencia al principio de cada parte de la AIP. A cada suplemento de la AIP ( regular o AIRAC), se le asigna un número consecutivo, basado en el año civil, p. ej. AIP SUP 1/25 ; AIRAC AIP SUP 2/25 .
 
Un Suplemento a la AIP se mantiene en la AIP mientras todo su contenido o parte del mismo siga siendo válido. El período de validez de la información contenida en el Suplemento de la AIP se indicará normalmente en el propio suplemento. Asimismo , pueden usarse NOTAM para indicar cambios en el período de validez o la cancelación del suplemento.
 
La lista de verificación de los Suplementos de la AIP en vigor se da a conocer mediante la lista de los NOTAM válidos impreso mensualmente en lenguaje claro.
 
Los suplementos a la AIP se publican en dos series:
 
  • Serie A: Información sobre instalaciones, servicios y procedimientos de interés para la aviación internacional

 
  • Serie C: Información relacionada a las instalaciones, servicios y procedimientos de interés para la aviación nacional,

 
En El Salvador, la lista de verificación publica información de suplementos
3.5 NOTAM y Boletines de información previa al vuelo (PIB)

Los NOTAM contienen información relativa al establecimiento, situación o modificación de cualquier instalación, servicio, procedimiento o riesgo aeronáutico, cuyo conocimiento oportuno sea indispensable para el personal afectado por las operaciones de vuelo. El texto de cada NOTAM contiene la información en el orden que se indica en el formato NOTAM de la OACI y está constituido por los significados/fraseología abreviada uniforme asignados al código NOTAM de la OACI, complementados con abreviaturas, indicadores, identificadores, designadores, distintivos de llamada, frecuencias, cifras y lenguaje claro de la OACI. Los NOTAM originados son direccionados hacia la Oficina NOTAM Internacional - NOF Centroamericana para su publicación y se distribuyen en dos series identificadas con las letras A y C.
 
Serie A : contiene información relativa a las instalaciones, servicios y procedimientos de interés para la aviación civil internacional , a lo que se le da distribución internacional general.
 
Serie C : contiene información de interés, para las aeronaves que se dedican a la aviación civil nacional y se les da distribución nacional.
 
Serie S (SNOWTAM) : contiene información sobre el estado de la pista, notifica la presencia o el cese de condiciones peligrosas debido a agua estancada en el área de movimiento y son publicados por cada aeropuerto directamente con números de serie separados. (Ver RAC-AIS.410 f) y el Anexo 15, 5.2.6).
 
Serie V (ASHTAM) : Información relativa a la detección de actividad previa a una erupción volcánica o a un cambio significativo en la actividad volcánica, la ubicación, fecha y hora de las erupciones volcánicas y la extensión horizontal y vertical de las nubes de cenizas volcánica incluyendo la dirección del movimiento, los niveles de vuelo y las rutas o tramos de ruta que podrián verse afectadas. Los ASHTAM se preparan de conformidad con la RAC-AIS.410 f) y el Anexo 15, 5.2.6.
 
Los NOTAM son direccionados e intercambiados por medio de la NOF Centroamericana con todas las dependencias interesadas y conectadas al sistema AMHS .
 
Los boletines de información previa al vuelo (PIB), que contienen una recapitulación de los NOTAM vigentes y otra información de carácter urgente para los explotadores y las tripulaciones de vuelo, están disponibles en cada oficina AIS de aeródromo . La amplitud de la información contenida en los PIB se indica en el numeral 5, de esta subsección.
 
3.6Circulares de información aeronáutica (AIC)
 
Las Circulares de Información Aeronáutica (AIC), contienen información sobre los pronósticos a largo plazo de toda la modificación importante en la legislación, los reglamentos, procedimientos o instalaciones; información de carácter puramente explicativo o advertencias que pueden afectar la seguridad de los vuelos; e información o notificación de carácter explicativo o advertencias sobre asuntos técnicos legislativos o puramente administrativos. Las AIC se dividen por asuntos y se publican en dos series (A y C). La serie A contiene información que afecta a la aviación civil internacional y se distribuye a escala internacional mientras que la serie C, contiene información que afecta solamente a la aviación civil nacional y se le da difusión nacional.
 
Cada AIC se enumera consecutivamente dentro de cada serie, basándose en el año civil. El año se indica mediante dos cifras y forma parte del número de serie de la AIC. ej. AIC A1/ 25 y AIC C1/ 25 .
 
 
3.7Lista de verificación
 
La lista de verificación contiene información acerca del número de las AIP AMDT, AIRAC AIP AMDT; AIP SUP y AIC más recientes, así como los números de los elementos publicados con arreglo al AIRAC que entrarán en vigor o, si no existe ninguno, la notificación NIL AIRAC.
 

3.8 Venta de publicaciones
 
 
NO APLICA  
 
 
 
4El Sistema AIRAC
 
4.1A fin de controlar y regular los cambios importantes para las operaciones que requieren enmiendas en las cartas, manuales en ruta, etc., siempre que sea posible se publicarán esos cambios en fechas predeterminadas según el sistema AIRAC. Este tipo de información se publicará como AIRAC AIP AMDT o AIRAC AIP SUP. Si no puede elaborarse un AIRAC AMDT o SUP por falta de tiempo, se publicará un NOTAM claramente señalado como AIRAC. Este NOTAM irá inmediatamente seguido de una AMDT o SUP.
 
4.2 La tabla que figura a continuación indica las fechas de entrada en vigor AIRAC para los años venideros. La información AIRAC se publicará de modo que sea recibida por el usuario no menos de 28 días antes y para los cambios importantes no menos de 56 días antes de la fecha de entrada en vigor. En la fecha de entrada en vigor AIRAC, se publicará un NOTAM iniciador con una breve descripción del contenido, fecha de entrada en vigor y número de referencia de la AIRAC AIP AMDT o de la AIRAC AIP SUP, que entrará en vigor en esa fecha. El NOTAM iniciador se mantendrá vigente como recordatorio en el PIB hasta que se publique la nueva lista de verificación .
 
Si no se ha presentado información para publicarla en la fecha AIRAC, se publicará una notificación NIL mediante NOTAM a más tardar un ciclo AIRAC antes de la fecha correspondiente de entrada en vigor del AIRAC.
 
Calendario de fechas de entrada en vigor AIRAC
 

 
5.Servicio de información previa al vuelo en los aeródromos/helipuertos
 
Se ofrece información previa al vuelo en los aeródromos que se detallan a continuación:
 
AeródromoCobertura-HorarioTeléfonos
MSLP Todos los Estados de las Regiones NAR, CAR, SAM y EUR de OACI
 
Servicio H24
 
(503) 2375 2290
(503) 2375 2348
(503) 2375 2440
MSSS Los Estados de las Regiones NAR, CAR y SAM
 
Servicio 1200-2359 UTC
 
(503) 2537 1358
 
Diariamente se ofrecen Boletines de información previa al vuelo (PIB) y boletines en ruta en cada oficina AIS de aeródromo.
 
 

6.Conjuntos de datos digitales
 
El conjunto de datos sobre obstáculos puede obtenerse del:
NIL
 

El conjunto de datos sobre el terreno puede obtenerse del:












 
 
Instituto Geográfico y del Catastro Nacional
Centro Nacional de Registros (CNR)
1ª calle Poniente , entre 43 y 45 Ave Norte # 2310,
San Salvador, El Salvador, Centro América.
TEL: (503) 2593-5000
WEB: www.cnr.gob.sv
Correo-e: igcn@cnr.gob.sv