1. Definición de los incidentes de tránsito aéreo | |||||||||||||||
1.1 La expresión “incidente de tránsito aéreo” se utiliza para indicar un suceso grave vinculado con la prestación de servicios de tránsito aéreo, tales como: | |||||||||||||||
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1.1.1 Definiciones de proximidad de aeronaves y AIRPROX. | |||||||||||||||
Proximidad de aeronaves. Situación en la cual, a juicio del piloto o del personal de servicios de tránsito aéreo, la distancia entre aeronaves, así como sus posiciones y velocidades relativas, han sido tales que puede verse comprometida la seguridad de las aeronaves. La proximidad de aeronaves se clasifica así: | |||||||||||||||
Riesgo de colisión. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual ha existido un riesgo grave de colisión. | |||||||||||||||
Seguridad no garantizada. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual pueda haberse visto comprometida la seguridad de las aeronaves. | |||||||||||||||
Sin riesgo de colisión. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual no ha existido riesgo de colisión. | |||||||||||||||
Riesgo no determinado. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual no había información suficiente para determinar el riesgo que suponía, o porque las insuficientes o contradictorias impedían esa colisión. | |||||||||||||||
AIRPROX. Palabra clave utilizada en la notificación de incidentes de tránsito aéreo para designar la proximidad de aeronaves. | |||||||||||||||
1.2 Los incidentes de tránsito aéreo se designan e identifican en los informes del modo siguiente: | |||||||||||||||
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2. Uso del Formulario de notificación de incidentes de
tránsito aéreo
(Véase el modelo en las páginas ENR 1.14-4 a 1.14-9) | |||||||||||||||
El formulario de notificación de incidentes de tránsito aéreo está destinado a ser utilizado: | |||||||||||||||
a) por un piloto para notificar un informe sobre un incidente de tránsito aéreo después de la llegada o para confirmar un informe hecho inicialmente por radio durante el vuelo. | |||||||||||||||
NOTA: Puede ser útil llevar el formulario a bordo, ya que puede servir de pauta para hacer en vuelo el informe inicial. | |||||||||||||||
Nota.- El formulario, si está disponible a bordo, Puede usarse también como base para hacer el informe inicial de vuelo. | |||||||||||||||
b) Por una dependencia ATS para registrar un informe sobre un incidente de tránsito aéreo recibido por radio, teléfono o teleimpresora. | |||||||||||||||
Nota.- El formulario puede usarse como formato para el texto de un mensaje que se transmitirá por la red AFS. | |||||||||||||||
3. Procedimientos de notificación (Incluyendo los procedimientos en vuelo) | |||||||||||||||
3.1 El piloto debería proceder del modo siguiente con respecto a un incidente en el cual esté o haya estado involucrado: | |||||||||||||||
a) durante el vuelo, utilizar la frecuencia aeroterrestre apropiada para notificar un incidente de gran importancia, en particular si interviene otra aeronave para permitir que se evalúen los hechos inmediatamente; | |||||||||||||||
b) tan pronto como sea posible después del aterrizaje, presentar un Formulario de notificación de incidente de tránsito aéreo debidamente llenado. | |||||||||||||||
1) para confirmar un informe de un incidente presentado inicialmente como en a) o para hacer el informe inicial de tal incidente si no había sido posible notificarlo por radio; | |||||||||||||||
2) para notificar un incidente que no requería notificación inmediata en el momento del suceso. | |||||||||||||||
3.2 Un informe inicial hecho por radio debería contener la siguiente información: | |||||||||||||||
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3.3 El reporte formal de un incidente reportado inicialmente por radio, o el reporte inicial de cualquier otro incidente, deberá presentarse a la Dirección General de Aeronáutica Civil o a la dependencia ATS del aeropuerto donde se realice el primer aterrizaje. | |||||||||||||||
Los pilotos deberán completar el formato de Reporte de Incidente con detalles suplementarios del reporte inicial, de ser necesario | |||||||||||||||
4. Objetivo de la notificación y presentación del formulario | |||||||||||||||
4.1 El propósito de la notificación de los incidentes de proximidad de aeronaves y su investigación es promover la seguridad de las aeronaves. El grado de riesgo que supone un incidente de proximidad de aeronaves debería ser determinado en la investigación del incidente y clasificado como “riesgo de colisión”, “seguridad no garantizada”, “sin riesgo de colisión” o “riesgo no determinado”. | |||||||||||||||
4.2 El propósito del formulario es proporcionar a las autoridades investigadoras la información más completa posible sobre el incidente de tránsito aéreo y permitirles informar con la menor demora posible, al piloto o explotador interesado, sobre el resultado de la investigación del incidente y, si corresponde, sobre las medidas correctivas adoptadas. | |||||||||||||||
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