ENR 1  Reglas y procedimientos generales

ENR 1.14  Incidentes de transito aereo

 
1. Definición de los incidentes de tránsito aéreo
 
1.1 La expresión “incidente de tránsito aéreo” se utiliza para indicar un suceso grave vinculado con la prestación de servicios de tránsito aéreo, tales como:
 
  1. la proximidad de aeronaves (AIRPROX);
  2. una dificultad grave que provoque un riesgo a la aeronave causando, por ejemplo, por:
  1. procedimientos defectuosos
  2. incumplimiento de los procedimientos, o
  3. falla de las instalaciones y servicios terrestres.
 
1.1.1 Definiciones de proximidad de aeronaves y AIRPROX.
 
Proximidad de aeronaves. Situación en la cual, a juicio del piloto o del personal de servicios de tránsito aéreo, la distancia entre aeronaves, así como sus posiciones y velocidades relativas, han sido tales que puede verse comprometida la seguridad de las aeronaves. La proximidad de aeronaves se clasifica así:
 
Riesgo de colisión. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual ha existido un riesgo grave de colisión.
 
Seguridad no garantizada. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual pueda haberse visto comprometida la seguridad de las aeronaves.
 
Sin riesgo de colisión. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual no ha existido riesgo de colisión.
 
Riesgo no determinado. La clasificación de riesgo de la proximidad de aeronaves en la cual no había información suficiente para determinar el riesgo que suponía, o porque las insuficientes o contradictorias impedían esa colisión.
 
AIRPROX. Palabra clave utilizada en la notificación de incidentes de tránsito aéreo para designar la proximidad de aeronaves.
 
1.2 Los incidentes de tránsito aéreo se designan e identifican en los informes del modo siguiente:
 

 
 
2. Uso del Formulario de notificación de incidentes de tránsito aéreo
(Véase el modelo en las páginas ENR 1.14-4 a 1.14-9)
 
El formulario de notificación de incidentes de tránsito aéreo está destinado a ser utilizado:
 
a) por un piloto para notificar un informe sobre un incidente de tránsito aéreo después de la llegada o para confirmar un informe hecho inicialmente por radio durante el vuelo.
 
NOTA: Puede ser útil llevar el formulario a bordo, ya que puede servir de pauta para hacer en vuelo el informe inicial.
 
Nota.- El formulario, si está disponible a bordo, Puede usarse también como base para hacer el informe inicial de vuelo.
 
b) Por una dependencia ATS para registrar un informe sobre un incidente de tránsito aéreo recibido por radio, teléfono o teleimpresora.
 
Nota.- El formulario puede usarse como formato para el texto de un mensaje que se transmitirá por la red AFS.
 
3. Procedimientos de notificación (Incluyendo los procedimientos en vuelo)
 
3.1 El piloto debería proceder del modo siguiente con respecto a un incidente en el cual esté o haya estado involucrado:
 
a) durante el vuelo, utilizar la frecuencia aeroterrestre apropiada para notificar un incidente de gran importancia, en particular si interviene otra aeronave para permitir que se evalúen los hechos inmediatamente;
 
b) tan pronto como sea posible después del aterrizaje, presentar un Formulario de notificación de incidente de tránsito aéreo debidamente llenado.
 
1) para confirmar un informe de un incidente presentado inicialmente como en a) o para hacer el informe inicial de tal incidente si no había sido posible notificarlo por radio;
 
2) para notificar un incidente que no requería notificación inmediata en el momento del suceso.
 
3.2 Un informe inicial hecho por radio debería contener la siguiente información:
 
  1. identificación de la aeronave;
  2. tipo de incidente, p. Ej. Proximidad de aeronaves;
  3. el incidente; 1. a) y b); 2. a), b), c), d), n); 3. a), b), c), i); 4. a), b);
  4. varios: 1. e)
 
3.3 El reporte formal de un incidente reportado inicialmente por radio, o el reporte inicial de cualquier otro incidente, deberá presentarse a la Dirección General de Aeronáutica Civil o a la dependencia ATS del aeropuerto donde se realice el primer aterrizaje.
 
Los pilotos deberán completar el formato de Reporte de Incidente con detalles suplementarios del reporte inicial, de ser necesario
 
4. Objetivo de la notificación y presentación del formulario
 
4.1 El propósito de la notificación de los incidentes de proximidad de aeronaves y su investigación es promover la seguridad de las aeronaves. El grado de riesgo que supone un incidente de proximidad de aeronaves debería ser determinado en la investigación del incidente y clasificado como “riesgo de colisión”, “seguridad no garantizada”, “sin riesgo de colisión” o “riesgo no determinado”.
 
4.2 El propósito del formulario es proporcionar a las autoridades investigadoras la información más completa posible sobre el incidente de tránsito aéreo y permitirles informar con la menor demora posible, al piloto o explotador interesado, sobre el resultado de la investigación del incidente y, si corresponde, sobre las medidas correctivas adoptadas.