ENR 1  Reglas y procedimientos generales

ENR 1.10  Planificación de los vuelos

1. Procedimientos para presentar un plan de vuelo
 
Los planes de vuelo no se presentarán con más de 120 horas de anticipación respecto de la hora prevista de fuera calzos de un vuelo.
 
Se presentará un plan de vuelo de conformidad con el Anexo 2, 3.3.1 antes de efectuar:
 
a) cualquier vuelo IFR;
 
b) cualquier vuelo VFR;
 
c) cualquier vuelo dentro de áreas determinada a lo largo de rutas designadas cuando así lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar el suministro de servicios de información de vuelo, de alerta y de búsqueda y salvamento.
 
d) cualquier vuelo dentro de áreas determinada a lo largo de rutas designadas, cuando así lo requiera la autoridad ATS competente para facilitar la coordinación con las dependencias de los servicios de tránsito aéreo competentes en Estados adyacentes, a fin de evitar la posible necesidad de interceptación para fines de identificación;
 
e) Cruzando el límite de la FIR/UIR, asean vuelos internacionales.
 
Hora de presentación
 
Un plan de vuelo se presentará por lo menos 60 minutos antes de la salida, teniendo en cuenta los requisitos de información oportuna a las dependencias ATS en el espacio aéreo a lo largo de la ruta que se pretende volar, incluso los requisitos de pronta presentación para la organización de la afluencia del tránsito aéreo (ATFM).
 
Lugar de presentación
 
Formas de Presentación del Plan de Vuelo:
 
Para todos los vuelos por encima del nivel de vuelo de FL200
 
1) En caso de tener un sistema automático generador de Plan de Vuelo, complete formato de solicitud de presentación directa de plan de vuelo (Solicitar en la Oficina AIM en MGA o encontrarlo en la pagina web del INAC (www.inac.gob.ni), una vez completado remitirlo a los siguientes correos: aimaro@inac.gob.ni , con copia a aeronav@inac.gob.ni y aeronav2@inac.gob.ni.
 
Posterior al envío de la solicitud y recibido un mensaje de aprobación, podrá enviar los planes de vuelo en modalidad Presentación Directa (Direct filing) a la dirección AMHS/AFTN del Procesador Inicial de Plan de Vuelo (ProVIP): MHFPZYZX.
 
2) El usuario que no posea un sistema automatizado para creación de planes de vuelo podrá ingresar el plan de vuelo electrónico, ingresará el Plan de Vuelo (FPL) IFR, por medio de la página Web del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC) www.inac.gob.ni o en: https://apps.cocesna.org/CFPL
 
3) En caso de no cumplir con las opciones 1) y 2), los planes de vuelo IFR deben ser presentados en la Oficina ARO del aeropuerto que corresponda debidamente llenado en el formato físico OACI.
 
2.Cambios al plan de vuelo presentado
 

Todos los cambios a un plan de vuelo presentado para un vuelo IFR o para un vuelo VFR controlado y los cambios importantes a un plan de vuelo presentado para un vuelo VFR sin control, se notificarán lo antes posible a la dependencia ATS apropiada.
 
Los cambios a un plan de vuelo vigente para un vuelo controlado durante el vuelo se notificarán o se solicitarán con arreglo a las disposiciones del Anexo 2, 3.6.2. (Adhesión al plan de vuelo). Los cambios importantes a un plan de vuelo para un vuelo VFR no controlado incluyen los cambios de duración o el número total de personas a bordo y los cambios en cálculos de hora de 30 minutos o más.
 
Cuando se apliquen los procedimientos direct filing (AMHS) o eFPL para el envío de plan de vuelo, el operador, el piloto o el despachador de vuelo será el responsable de enviar a las unidades ARO o ATS, según sea aplicable, los mensajes asociados al mismo: demora (DLA), cambio (CHG) o cancelación (CNL).
 
Mensajes de demora (DLA)
 
En el caso de que haya una demora de más de 30 minutos respecto a la hora prevista de fuera calzos, para un vuelo controlado, o de una hora para un vuelo no controlado para el que se haya presentado un plan de vuelo, el plan de vuelo debería enmendarse, o debería presentarse un nuevo plan de vuelo cancelando el antiguo, según proceda. Antes de caducar el tiempo de validez del plan de vuelo (mínimo 10 minutos antes).
 
Nota 1: Si no notifica debidamente una demora en la salida de un vuelo controlado, los datos del plan de vuelo pertinentes pueden no estar ya disponibles para la dependencia ATS apropiada cuando se solicite una autorización, en definitiva, lo cual provocará en consecuencia un retraso adicional del vuelo.
 
Cuando se cancele un vuelo para el cual se ha presentado un plan de vuelo, se informará inmediatamente a la dependencia ATS apropiada.
 
Mensajes de modificación (CHG)
 
Cuando haya de efectuarse un cambio de los datos básicos de plan de vuelo de los FPL o RPL transmitidos anteriormente, se transmitirá un mensaje CHG. El mensaje CHG se enviará a todos los destinatarios de datos básicos de plan de vuelo que estén afectados por el cambio. Los datos pertinentes del plan de vuelo básico modificado se proporcionarán a las entidades afectadas que no los hayan recibido previamente.
 
Hay ciertos campos del plan de vuelo que no pueden ser modificados por un mensaje CHG, estos campos son los siguientes:
 
  • Identificación de la aeronave.
  • Aeródromo de salida.
  • Aeródromo de destino.
  • Fecha estimada de fuera calzos.
  • Hora estimada de fuera calzos (*).
 
(*) Para cualquier adelanto en la EOBT de 30 minutos, habrá que cancelar el plan de vuelo anterior y originar uno nuevo; pero si la modificación de la EOBT supone un retraso respecto a la que figuraba en el FPL, implicará la transmisión de un mensaje de demora (DLA). Siempre y cuando se encuentre dentro del periodo de tiempo de validez del plan de vuelo o máximo 10 minutos antes de la caducidad del plan de vuelo, sea este IFR o VFR.
 
Mensajes de cancelación (CNL)
 
Tras la presentación y transmisión de un FPL, cualquier modificación en los campos siguientes generará un mensaje de cancelación (CNL) del FPL original y la presentación de uno nuevo:
 
  • Identificación de la aeronave.
  • Aeródromo de salida.
  • Aeródromo de destino.
  • Fecha estimada de fuera calzos.
  • Hora estimada de fuera calzos (EOBT solo en caso de adelanto).


Es muy importante que el originador de un FPL cancele éste:
 
  • Tan pronto como sepa que el vuelo no va a operar, o
  • Antes de presentar un plan de vuelo que reemplazará al mismo.
  • Antes de caducar el tiempo de validez del plan de vuelo (mínimo 10 minutos antes).

 

Informe de llegada (clausura de un plan de vuelo)
 
Se notificará la llegada lo antes posible después del aterrizaje a la oficina del aeropuerto del aeródromo de llegada con respecto a cualquier vuelo para el cual se haya presentado un plan de vuelo, excepto cuando la dependencia ATS local haya dado el visto bueno a la llegada. Después de aterrizar en un aeródromo que no sea el aeródromo de destino (aterrizaje desviado), se informará específicamente en consecuencia a la dependencia ATS local. A falta de una dependencia ATS local en el aeródromo del aterrizaje desviado, el piloto es responsable de transmitir el informe de llegada al aeródromo de destino.
 
Los informes de llegada contendrán los siguientes datos:
 
  • Identificación de la aeronave
  • Aeródromo de salida
  • Aeródromo de destino
  • Hora de llegada

 
En caso de desviación, insértese el “aeródromo de llegada” entre “aeródromo de destino” y “hora de llegada”.
 
Aceptación de los planes de vuelo
 
La oficina ARO o la dependencia de los servicios de transito aéreo designada responsable de la recepción del plan de vuelo, o un cambio del mismo:
 
  1. comprobará que el formato y las premisas convencionales han sido respetadas;
  2. comprobará que ha sido completado con exactitud;
  3. tomará las medidas oportunas, cuando sea necesario, para hacer que el mensaje sea aceptable para los servicios de tránsito aéreo; y
  4. indicará al remitente la aceptación del plan de vuelo o cambio del mismo.
 
Información suplementaria (casilla 19)
 
Cuando el explotador haya sido autorizado a aplicar el envío directo de planes de vuelo (direct filing), conservará en su centro de despacho la información sobre aeródromos de alternativa y los datos del plan de vuelo suplementario (que figuran normalmente en la casilla 19 del plan de vuelo OACI) de modo que ha solicitud de las dependencias ATS, puedan suministrarse sin demora vía telefónica. La información de contactos 24/7 deberá ser proporcionada a la autoridad para la aprobación pertinente.









5. PROCEDIMIENTOS DE ENTRADA Y SALIDA DE AERONAVES
 
5.1 Estos procedimientos aplican para el Aeropuerto Internacional A. C. Sandino
Se requiere a todos los usuarios, incluir en la casilla 15 c) (Ruta) del formulario de plan de vuelo OACI, el designador cifrado asignado a la ruta normalizada de llegada o salida. (p. ej., RAKEL1A, NAGOR1)
 
RUTASEGMENTOSTARDESCRIPCIÓN DE LA ULTIMA PARTE DE LA RUTA
UM328RAKELRAKEL1AUM328 RAKEL RAKEL1A
G/UG877NAGORRAKEL1ABENAS DCT RAKEL RAKEL1A
R/UR878KAVLOKAVLO1AR/UR878 KAVLO KAVLO1A
R/UR/505DAVIBLORMA1AR/UR505 LORMA LORMA1A
A/UA317EMARIEMARI1AA/UA317 EMARI EMARI1A
A/UA502LISPALISPA1AA/UA502 LISPA LISPA1A
A/UA317URPOSURPOS1AA/UA317 URPOS URPOS1A
A/UA502BERTAKOPAL1AA/UA502 KOPAL KOPAL1A


 
RUTASEGMENTOSIDDESCRIPCIÓN DE LA ULTIMA PARTE DE LA RUTA
UM328RAKELNAGOR1NAGOR1 NAGOR DCT SELEK UM328
G/UG877NAGORNAGOR1NAGOR1 NAGOR UG877
R/UR878KAVLOTILIK1TILIK1 TILIK UR878
R/UR/505DAVIBDAVIB1DAVIB1 DAVIB UR505
A/UA317EMARICHILE1CHILE1 CHILE UA317
A/UA502LISPAULAPO1ULAPO1 ULAPO UA502
A/UA317URPOSTAGOM1TAGOM1 TAGOM DCT CAT
A/UA502BERTALIBIS1LIBIS1 LIBIS A/UA502
G439IMOLAIMOLA1IMOLA1 IMOLA G439

 
DESTINOSIDTRANSICIÓNDESCRIPCIÓN DE LA ULTIMA PARTE DE LA RUTAOBSERVACIONES
MHTGLIBIS 1LIBIS1 LIBIS A/ UA502 TNTPara aeronaves con destino a Tegucigalpa
MHLM*ILESU 1TALAGILESU1 ILESU DCT TALAG DCT ARITA UB753Para aeronaves con destino a La Mesa
UB753**ILESU 1TUGETILESU1 ILESU DCT TUGET UB753Saliendo de la FIR vía TUGET
UB881ILESU 1BTOILESU1 ILESU DCT BTO UB881Saliendo vía BONITO
UA317TAGOM 1POZOLTAGOM1 TAGOM DCT POZOL DCT CATAeronaves hacia Guatemala-Mexico
MSLP****TEXUP1TEXUP1 TEXUP UG436 DCT ALTEGPara aeronaves tipo A319 o mayores
A317****TAGOM 1TUKORTAGOM1 TAGOM DCT TUKOR A317Aeronaves por debajo de 19000 pies Tipo ATR o menores